Defensora del Pueblo: desde el 2 de enero las Edes deberán compensar a clientes por apagones

La defensora del Pueblo, Zoila Martínez, informó este jueves que las empresas distribuidoras de electricidad deberán compensar a los usuarios por apagones o fallas eléctricas en el servicio contratado, a partir del 2 de enero de 2021, conforme a la ley.

El Defensor del Pueblo le envió una correspondencia a Rafael Velazco, superintendente de Electricidad, en la cual le externó inconformidad por el no cumplimiento del artículo 93 de la Ley 186-07.

A través de una nota de prensa, la institución citó que dicho artículo, en su párrafo II, establece: «Las empresas distribuidoras estarán obligadas a compensar a los usuarios regulados por la energía eléctrica no servida, conforme a las normas técnicas de calidad de servicio, que para tales fines establezca la Superintendencia de Electricidad mediante resolución…”.

Martínez dijo que hace la advertencia a la población y le recuerda a la Superintendente de Electricidad, cumplir las normativas, para ofrecer respuestas a los ciudadanos que visitan el Defensor del Pueblo presentando quejas por apagones.

Comunicó que la Superintendente de Electricidad emitió la resolución 066-2016, del 12 de agosto de 2016, en la cual estableció que a partir de enero de 2021 las empresas distribuidoras deberán pagar compensaciones a sus clientes o usuarios titulares por energía no suministrada.

Además, Martínez indicó que la Superintendencia de Electricidad fijará el monto a compensar, estableciendo la forma y condiciones en que se hará.

Por tanto, señaló que a partir del 2 de enero de 2021, la Superintendencia de Electricidad también deberá exigir a las empresas distribuidoras fiel cumplimiento de esa disposición legal y de la resolución.

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