Corte ratifica prisión contra exalcalde y médico de Santiago acusado de agresión sexual a pacientes

Los jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del distrito judicial de Santiago ratificaron la prisión preventiva en contra del exalcalde y médico de Licey al Medio, acusado de cometer actos de tortura, barbarie, violencia de género y agresión sexual contra dos de sus pacientes.

La decisión del tribunal compuesto por los magistrados Francisca Gaviela García de Fadul, Wilson Moreta y José Saúl Taveras Canaán, fue en respuesta a la solicitud de variación de la prisión preventiva que el pasado mes de enero se dictó en contra de Lenín Quezada Fernández, el ex alcalde y médico que, conforme los testimonios de sus víctimas, las anestesió para abusarlas sexualmente.

Teresa Morel, representante legal de las víctimas de 20 y 23 años de edad, reiteró su denuncia del acoso que reciben las querellantes, por parte de personas allegadas al imputado, para que desistan de la acusación.

El pasado miércoles, Morel, Elías Vélez, Robinson Roberto Bejarán y Roberto Almonte, quienes representan a las víctimas, reclamaron igualdad y transparencia en el caso, dado que se había asignado fecha en tiempo récord para conocer la solicitud de la barra que defiende al galeno.

Morel dijo que la decisión de la Corte es coherente con los hechos imputados.

Sobre los ilícitos, los abogados denunciaron que el médico, citaba los sábados a sus víctimas, día en que menos personas asistían a la clínica de su propiedad donde ocurrieron los hechos.

“Les citaba para una cirugía y ni siquiera estaba su secretaria” afirmó Morel, al agregar que las víctimas sufren trastornos depresivos, de ansiedad y miedo, además del acoso constante por parte de allegados al imputado.

La medida de coerción inicial fue dictada contra Quezada Fernández el 9 de enero de este año por el juez Bienvenido Liz Santana, de la Oficina de Atención Permanente.

El tribunal fijó la revisión obligatoria para el próximo 7 de mayo.

El Ministerio Público le imputa al médico la violación a los artículos 303, 303-4, 309-1, 309-3 letra h, 330 y 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97.

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