Importadores de metanol deberán tener empresa formal y pasar por una inspección

Mediante el decreto 275-21, el Gobierno estableció requisitos adicionales para la obtención del Certificado de Inscripción de Drogas Controladas Clase “B” respecto a los precursores alcohol metílico (metanol), alcohol etílico (etanol), alcohol isopropílico (isopropanol) y alcohol propílico (propanol).

El decreto establece que para la obtención del certificado se requiere “ser una persona jurídica, registrada de conformidad con la normativa vigente en la República Dominicana, para lo cual deberá presentar certificado de Registro Mercantil vigente, Registro Industrial vigente (en caso de que sea una industria) y certificación de inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC)”.

También “estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para lo cual deberá presentar una certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a estos efectos”.

“(Se requiere) presentar declaración jurada suscrita por el solicitante en la que se haga constar el uso que se dará a las substancias controladas objeto del registro y demostrar que estos precursores se van a utilizar exclusivamente como materias primas o insumos”, indica.

De igual modo, contar con una inspección previo al otorgamiento de la licencia de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) que certifique que la empresa de que se trate cuenta con las medidas de control de acceso a los almacenes donde se han de depositar los precursores o sustancias controladas importadas. Las minutas e informes que resulten de estas visitas serán de carácter público y serán colocadas en la página web de la DNCD.

Con este decreto se modifica el decreto 288-96 que establece el reglamento de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana. El decreto 275-21 tiene la finalidad de agregar disposiciones adicionales relativas al control de la importación y comercialización en el país de los precursores del metanol, etanol, isopropanol y propanol.

El decreto establece que cada empresa que cuente con el Certificado de Inscripción de Drogas Controladas Clase “B” de los precursores metanol, etanol, isopropanol y propanol debe llevar un inventario por separado de cada tipo de estos productos.

El decreto detalla un conjunto de sustancias que considera como sustancias controladas y entre las que incluye el metanol.

También indica que los importadores de alcohol metílico (metanol), alcohol isopropílico (isopropanol) y alcohol propílico (propanol) deberán desnaturalizar dichos precursores previo a su comercialización en el mercado local o a su exportación.

Golpe contra el alcohol adulterado

Las estadísticas arrojan que el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles y Comercio de Mercancías (Ceccom), junto a la Procuraduría y el Ministerio de Defensa, decomisaron desde febrero 2,141 galones de diferentes tipos de alcohol adulterado y desmantelaron cuatro fábricas en Barahona, Invivienda, Guerra, Los Llanos y San Pedro de Macorís.

Además, se han intervenido unos 400 comercios en diferentes puntos de la geografía nacional, suspendido actividades comerciales en ocho establecimientos, dos de estas fábricas ubicadas en San Francisco de Macorís, decomisado 7,166 botellas de ron y whisky de diferentes tamaños y marcas, etiquetadas y listas para la distribución y comercialización.

Solo en un operativo en Los Botados, municipio de Cabral, provincia Barahona, se decomisó el mayor volumen de todos, totalizando 1,303 galones; un equivalente a 12,248 botellas; en total, 34 personas han sido apresadas.

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