Especialista aclara multas de tránsito no generan impedimento de salida

El consultor de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre Dary Terrero aclaró que las personas que sean sancionadas con el pago de una multa no implica impedimento de salida del país, como se ha estado diciendo en los últimos días.

Terrero recordó que el artículo 281 de dicha ley, en el párrafo II, establece: ”que ningún conductor que haya sido sancionado con el pago de una multa podrá renovar la licencia de conducir o cualquier de su tramites, la placa, obtener la inspección técnica vehicular o revista, los seguros, certificados de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo, hasta tanto realice el pago de la multa”.

El también comunicador hizo la aclaración debido a las publicaciones que se han hecho en algunos medios sobre que los conductores que tengan multas, a partir de que se implemente la tecnología de la foto multa, no podrán salir del país si tienen la sanción producto de una violación a la Ley 63-17.

El especialista dijo que en los próximos meses la foto multa evitará que los conductores y los agentes de la Digesett tengan interacciones a la hora de ser fiscalización por la violación de un semáforo en rojo.

“Recordamos que en la República Dominicana y en otros países es sancionable que un conductor incurra en cruzar una vía en luz roja, que ha sido una de las principales causas de muertes por accidentes producto de la falta de respeto a los semáforos”, subrayó.

Asimismo, Terrero recomendó a los conductores que tienen vehículos que aun no han sido traspasados a quien es propietario que lo hagan, porque quien figurará en la multa será quien lo tenga a su nombre.

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