JCE emite resolución que fija para el 2 de julio el comienzo de la precampaña electoral

La Junta Central Electoral (JCE), a través de la resolución no. 28/2021, informó este lunes a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que el tiempo de la precampaña electoral de cara a los procesos de selección interna de candidaturas iniciará el domingo 2 de julio del año 2023, por lo cual deben cesar todo acto de proselitismo.

La resolución en su artículo 5 indica que: “Se dispone el establecimiento del período previo al de precampaña, el cual abarca el espacio de tiempo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución y el inicio formal de la precampaña en la fecha fijada por ley para dicha actividad, (domingo 2 de julio de 2023), en cuyo período, los ciudadanos y ciudadanas afiliados a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos podrán manifestar a lo interno de sus organizaciones, el interés de aspirar a una precandidatura, a un puesto de elección popular y realizar las actividades que permitan exponer sus intenciones a los miembros de sus respectivas organizaciones políticas, sin formalizarla públicamente”.

El organismo electoral instó a los aspirantes de los partidos políticos a no difundir ningún tipo de discurso con fines proselitistas a través de los medios de comunicación o redes sociales sobre el nivel de elección para el que estarían optando y, en caso de que lo realice, solo debería ser entre los integrantes del partido al que están afiliados.

De igual forma, la JCE ordenó a los aspirantes a no incurrir en acciones que “pudieran afectar la moral y la honra de sus compañeros de partido”, que de una manera u otra hayan externado sus aspiraciones a un nivel de elección u otros.

A lo interno de los partidos políticos podrán estos aspirantes celebrar actividades en sus locales y en áreas restringidas donde no se entorpezca el libre tránsito y podrán presentar sus propuestas a sus filiados y simpatizantes de la organización partidaria.

La Junta prohibió también, el la resolución, que los aspirantes de las diversas organizaciones políticas coloquen vallas, afiches o cruza calles donde externen sus propuestas de precandidatura o cargo al que aspiran.

Con la excepción de que estos afiches solo sean colocados en el interior de los locales partidarios, y que no sean visibles al exterior del mismo.

También prohibió la promoción y reconocimiento por parte de los partidos para ninguno de los niveles de elección previstos en la ley, colocación de cualquier mensaje promocional en monitores o pantallas electrónicas externas, salvo los casos de aquellas que son exhibidas en el interior de los locales de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, utilización de altoparlantes, bocinas y disco light promocionando a los aspirantes ante la población.

Que se coloquen mensajes o promociones de índole político en los medios radiales, televisivos, medios de mensajería instantánea entre otros, producción y uso de propaganda tipo personal alusiva a los aspirantes, como camisetas, gorras, banderas, cintillos promocionales.

La resolución establece la prohibición de mítines, caravanas y concentraciones de personas en lugares públicos, la contratación para la difusión de publicidad o propaganda a través de los medios de comunicación televisivos, radial y redes sociales y que tengan como propósito promocionar a los aspirantes, el difundir encuestas o sondeos en la población sobre el nivel de simpatías de los aspirantes o de cualquier tipo en los actos públicos realizados por entidades estatales donde se promueva un determinado aspirante y que afecte la solemnidad institucional que debe caracterizar a estos eventos.

Cualquier organización partidaria que viole lo establecido en lo referente a las promociones en la resolución 28/2021 de la JCE podría conllevar una serie de sanciones y el retiro inmediato de toda estas.

En días pasados el organismo electoral instó a todos los partidos políticos a hacer un alto en lo inmediato a las actividades proselitistas de cara a las elecciones del 2024, o de lo contrario serían sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura.

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