Condenan a 5 años a dos hombres por agredir exparejas

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a cinco años de prisión a dos hombres acusado de agresión física y verbal contra sus exparejas, informó este lunes la Procuraduría General de la República.

Según una nota de la entidad, los condenados fueron identificados como Yeury Mueses y José Manuel Ramírez Vargas, alias “Chepe”, quienes deberán cumplir la pena en el centro de privación de libertad La Victoria.

Mueses y Ramírez Vargas se encuentran recluidos desde el inicio de sus procesos en el 2021 en el referido centro.

Los magistrados Arlin Ventura, Milagros Ramírez y Leticia Martinez Noboa hallaron culpables a los mencionados tras acoger las pruebas presentadas por los fiscales litigantes Julia Vásquez y Orlando Ramos.

El tribunal los condenó en audiencias separadas.

“En una primera audiencia, fue condenado Yeury Mueses, acusado por la Fiscalía del Distrito Nacional de agredir físicamente a su expareja durante un incidente registrado pasadas las 11:00 de la noche del 9 de diciembre de 2021 en la residencia de su expareja, localizada en el sector Arroyo Hondo”, explicó la Procuraduría en la nota.

De acuerdo con el expediente, Mueses destruyó el marco de la puerta principal de la residencia y penetró violentamente, tras lo que intentó despojar a la mujer de su teléfono celular y, al no lograrlo, le propinó varios puñetazos en su antebrazo izquierdo y otros golpes en el torso, con lesiones perdurables por 10 días, según certificó el médico forense actuante.

En la segunda audiencia, los jueces impusieron igual pena a José Manuel Ramírez Vargas, por agredir a su expareja el 26 de diciembre de 2021, cuando se presentó a las 2:30 de la tarde a un salón de belleza ubicado en la Prolonganción Tiradentes, donde le vociferó palabras obscenas y le reclamó que le entregara su celular.

“José Manuel Ramírez Vargas la sujetó violentamente por los brazos, la zarandeó, la amenazó de muerte y le arrebató el teléfono celular, el cual estrelló contra el piso, y luego huyó del lugar”, detalló el órgano persecutor.

El Ministerio Público estableció que la conducta de Mueses y Ramírez Vargas constituyen hechos de violencia de género e intrafamiliar, previstos y sancionados por los artículos 309-I y 309-II, literal E, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar.

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